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Tipo de Agente de Seguros, según su Contrato

Emitido: 01/10/2018

Actualizado: 07/2024

Recopilador y Autor: SalvadorE

 

Existen diferentes Tipos de Agentes de Seguros, según el Tipo de Contrato que celebran con las Aseguradoras o con los Agentes Persona Moral (consultorías), aqui tienes un resumen:

 

Agente Persona Física (PF): en este apartado existen dos tipos,

  • Uno Vinculado de forma Directa y Exclusiva (provisional, empleado, apoderado); ejerce su actividad, mediante una Relación de Trabajo, con a una Institución de Seguros (aseguradora o agente persona moral)

  • Otro que de forma Independiente y sin Exclusividad; ejerce su actividad, mediante Contratos Mercantiles celebrados con una o varias Aseguradoras. 

Agente Persona Moral (PM): celebra Contratos con Personas Físicas y los Vincula como:

  • Agente Apoderado: para desempeñar actividades de Consultoría e Intermediación a nombre del Agente Persona Moral. 

Agente Mandatario: designado por la Institución (aseguradora) para que a su nombre y por cuenta propia, actúe con facultades expresas para Aceptar Riesgos, Suscribir y Modificar Pólizas (facultades de las que carecen los Agente Persona Física, Persona Moral y Apoderado).

 

 

  TIPO DE AGENTE (por contrato)
Persona Física (PF) (PF o PM) Persona Moral (PM)
Agente PM Provisional Empleado Apoderado  Independiente  
Aseguradora Mandatario
Tipo de Relación Contractual

Contrato Mercantil con Exclusividad, por 18 meses. Desempeña su Actividad a Nombre del Agente PM o Aseguradora 

Contrato de Trabajo con Exclusividad. Desempreña su Actividad a Nombre del Agente PM o Aseguradora

Contrato Mercantil con Exclusividad. Desempeña su actividad a Nombre del Agente PM o Asegurdora.

Contrato Mercantil con cada Aseguradora. Desempeña su Actividad por Cuenta Propia

Contrato de Asignación por una Aseguradora con Exclusividad. Desempeña su Actividad por cuenta propia (acepta riesgos, suscribe y modifica pólizas) 

 

Cada Tipo de Agente cumple un rol específico (con obligaciones y facultades), en el Sector Asegurador, de acuerdo al RASF, CUSF y que es expresado en su Folleto Explicativo.

 

“Es Obligación de tu agente de Seguros, proporcionarte su Folleto Explicativo"

 

Pero esa ...

esa, es otra historia ...

Continuará ...

 


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